Asegura el pago de tu hipoteca
Written on April 10, 2008 – 8:55 am | by admin
Con los tipos de interés en su cota más alta de los últimos años -un 4 por ciento en la zona euro-, el Euribor anclado en el 4,66 por ciento (la última cifra oficial del mes de agosto) y el ahorro familiar por los suelos, los pagos mensuales de las hipotecas constituyen todo un esfuerzo para numerosas familias. Pero la situación podría ser peor, y los seguros de protección de préstamos proliferan entre las entidades, conscientes de que las dificultades a la hora de pagar una hipoteca, y por tanto la morosidad, puede subir en los próximos meses.
Para no verse desahuciado por el impago prolongado de las letras de su hipoteca, bancos y cajas ofrecen una amplia gama de productos con los que puede salvarse las espaldas en el caso de que surja algún imprevisto: un despido laboral, una incapacidad total o permanente u otras situaciones de riesgo, dependiendo de las condiciones que le ofrezca su entidad.
En general, supone una cobertura mínima de seis meses y puede prolongarse hasta el final de la vida de su préstamo. En cualquier caso, el banco asumirá por usted, si justifica su imposibilidad de pagar la hipoteca.
En algunas entidades es obligatorio contratar este tipo de seguros en el momento de formalizar el préstamo o bien durante los cuatro meses siguientes a esa fecha. Otras, posibilitan incluso que se pueda acceder a ese seguro en otros momentos posteriores, siempre que se cumplan una serie de requisitos.
Las entidades se valen de sus aseguradoras o de otras compañías de seguros independientes para formalizar esta oferta que se circunscribe al ámbito de los seguros de vida. Por ello, los pagos no tienen que ser con una prima única, sino que se ofrece la posibilidad de financiar el seguro en cuotas anuales, semestrales, mensuales… A continuación, le ofrecemos algunas delas ofertas más importantes que sirven para apurar un «bache» del que nadie puede asegurar que se encuentra a salvo.
Banco Santander
Fallecimiento, varios tipos de discapacidad y desempleo. Estas son las tres situaciones posibles que cubre el Seguro Protección de Préstamos de esta entidad. En el caso de muerte, se evita que tengan que ser los herederos quienes se hagan cargo de las cuotas mensuales que restan por pagar si el titular de la hipoteca fallece.
En el caso de la incapacidad, existen varias modalidades, dependiendo del grado que le conceda la Seguridad Social. Por ejemplo, si se trata de una discapacidad, la duración del seguro será la de la propia incapacidad. Si le conceden una incapacidad permanente absoluta, el seguro de Santander le cubrirá todo el capital pendiente de amortizar desde ese momento; y en el caso de desempleo, la entidad se encargará de abonarle las cuotas mensuales de la hipoteca, mientras dure esa situación.
BBVA
La entidad presidida por Francisco González también dispone de una amplia gama de seguros dedicados a la protección de pagos. En este caso, BBVA distingue dos grandes modalidades. Por una parte, protección básica, que está formada por las garantías de fallecimiento, incapacidad permanente absoluta e infarto agudo de miocardio; y protección total, que le garantiza, además de las incluidas en la protección básica, el desempleo para trabajadores por cuenta ajena o la incapacidad temporal para trabajadores por cuenta propia. Dentro de estas dos grandes modalidades, en el caso de las hipotecas, existe una variante denominada Protección de Pagos a Prima Única Financiada. Se caracteriza porque el cliente solamente tiene que hacer un pago inicial de la prima, con el que quedará cubierto para toda la duración del préstamo hipotecario.
De esta manera, se olvida de abonar mensual o trimestralmente los recibos del seguro de la hipoteca. La cobertura que ofrece es de fallecimiento por cualquier causa, excepto por suicidio durante el primer año del préstamo.
Banco Popular
Esta entidad ofrece el denominado Seguro para Protección de Pagos, que le garantiza el pago de la cuota mensual de su hipoteca (o de un préstamo personal), en los momentos más difíciles e inesperados.
Este seguro del popular tiene una duración máxima de cinco años, en caso de desempleo o incapacidad temporal por enfermedad o accidente del titular del préstamo hipotecario. El importe que le cubre es de un máximo de 1.600 euros al mes.
Además, para los trabajadores por cuenta ajena, cubre el pago de la cuota mensual de su hipoteca por cada 30 días consecutivos que se encuentre en paro; y para los autónomos, funcionarios o trabajadores temporales, garantiza el pago de la hipoteca también por cada 30 días que se encuentre en situación de incapacidad temporal. Una de las ventajas con las que cuenta este seguro es que el banco permite financiar los propios pagos de esta modalidad de protección de pagos para hipotecas.
La Caixa
También las cajas de ahorro comercializan este tipo de seguros, incluso de manera más importante que los bancos, conscientes de que el negocio hipotecario es mucho más dinámico en estas entidades. Así lo confirman desde La Caixa, donde ofrecen a sus clientes con hipotecas Seviam Plus, una modalidad que sólo puede ser contratada durante los cuatro meses posteriores a la formalización del préstamo.
Una de sus coberturas es por situación de desempleo, siempre que a la vez tenga derecho a la prestación del INEM. También cubre en caso de incapacidad temporal por accidente o enfermedad, para quienes no puedan asegurarse por desempleo.
Como máximo, cubre seis mensualidades consecutivas de un total de 18 alternas, en el caso de varios siniestros. Además, en el caso de desempleo, permite plantearse el reingreso en el mercado laboral con mayor tranquilidad. Este seguro cubre entre el 50 por ciento y el 100 por ciento de la cuota del préstamo, lo que permite al asegurado buscar con tranquilidad un trabajo que le ofrezca unas condiciones acordes con sus capacidades y una mejor remuneración económica. Permite realizar pagos mensuales y no precisa una prima única o anual, aunque también es posible.
Caja Madrid
La entidad madrileña ofrece el seguro de amortización de préstamos. Va asociado al crédito hipotecario concedido por Caja Madrid y garantiza la deuda pendiente en caso de producirte un fallecimiento por cualquier causa o la invalidez absoluta y permanente. Se asegura el capital concedido en el préstamo y se ajusta anualmente al saldo pendiente de amortizar. Permite pagos anuales y mensuales.
Pólizas obligatorias y voluntarias
Al contratar una hipoteca, debe tener en cuenta que existen ciertas obligaciones legales que usted debe cumplir con respecto a los seguros. Su propia entidad le informará de que está obligado a suscribir un seguro contra incendios ?independiente del de la comunidad de vecinos?, que habitualmente también comercializa el banco o caja correspondiente. Ese seguro contra incendios es obligatorio por ley, pero no lo son ni los seguros que cubren la amortización de la hipoteca (aunque sí son recomendables), ni aquéllos que un banco o caja puede incluir a la hora de calcular la cuota de su hipoteca.
Se trata de seguros relacionados con el hogar, con sus préstamos personales, o con el vehículo, por poner un ejemplo. Numerosas entidades bajan el diferencial que se aplica si se deciden a contratar estos productos, incluso aunque se haya comprometido a domiciliar su nómina, sus recibos o a contratar una tarjeta de crédito, por ejemplo.
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